José Barta; 18 de julio 2013
Ya he hablado en otras ocasiones sobre el grave problema que tiene la Comunidad de Madrid con su actual Ley del Suelo, la cual – los profesionales lo saben bien – es sin duda alguna la peor de todo el estado Español.
En un artículo que publiqué no hace mucho tiempo, titulado Reformas urbanísticas que exigirá el proyecto “Las Vegas”, defendí que el engendro técnico jurídico que representa la actual Ley, resulta imposible de resolver con reformas parciales de la misma. Es más, las reformas parciales – salvo alguna excepción – no han servido sino para empeorar el marco legal en el que se deben desarrollar las actuaciones urbanísticas en esta comunidad.
Prueba de que esto que digo no es exagerado nos la da las últimas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
El pasado 21 de junio, la Sección Primera de lo Contencioso-Administrativo, hacia pública una sentencia por la que ha anulado el plan parcial de reforma del área de Prolongación de la Castellana, que contenía las pautas para desarrollar la denominada ‘Operación Chamartín’, al considerar que vulnera la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, que limita a cuatro alturas las nuevas edificaciones. Este es, según palabras de las distintas Administraciones que intervienen en el mismo, el proyecto urbanístico más emblemático del continente europeo, captador de importantes recursos y generador de numerosos puestos de trabajo.
No es esta sentencia un caso aislado, el año pasado, el mismo Tribunal, estimó que en el ámbito urbanístico conocido como “Mahou-Vicente Calderón” la ubicación de un edificio de treinta alturas infringe la limitación recogida en la actual Ley del Suelo de la Comunidad, según la cual “no podrá edificarse con una altura superior a tres plantas más ático, incluida la baja, plantas retranqueadas y semisótanos que sobresalgan más de un metro”, en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, incluido el propio Municipio de Madrid.
Esta limitación, que se introdujo por el Gobierno de Esperanza Aguirre aprovechando – como solía hacer habitualmente – la Ley de Acompañamiento de unos Presupuestos Generales de la Comunidad, no tiene ninguna explicación lógica.
Históricamente los municipios pequeños han optado mayoritariamente por las tres alturas (baja, más primera, más ático retranqueado), mientras que en el antiguo Municipio de Madrid han oscilado entre las cinco alturas y las ocho alturas. Ninguno de estos referentes históricos justificaría la limitación introducida en la Ley.
En todo caso, el modelo de Aguirre, se correspondería más a algunos antiguos barrios londinenses, tan bien retratados en las serie televisiva “Arriba, Abajo”; y quizás sea este el principal argumento para dicha decisión, conocida la anglofilia de la anterior Presidenta de la Comunidad.
Y es que este modelo tampoco se puede asumir desde el punto de vista medioambiental, ya que resulta insostenible al exigir la ocupación de una mayor superficie del territorio, para la misma población. Eso sin valorar el incremento de los costes de construcción, si queremos mantener los criterios de accesibilidad; el incremento de los costes de mantenimiento y conservación – al exigir ascensores para tres alturas, por ejemplo – e incluso mayores dotaciones para el transporte público, al acrecentar las distancias a recorrer, por parte de la población; en definitiva el incremento de recursos de todo tipo, para un mismo – o incluso peor – resultado.
La actual legislación urbanística de Madrid es, en definitiva, un disparate entre cuyas consecuencias ya se encuentra la de bloquear – y encarecer injustificadamente – el necesario desarrollo de esta Comunidad; conviene recordar que en casi doce años de vigencia se han conseguido aprobar definitivamente poco más de una docena de Planes Generales, con la consiguiente paralización de mucho desarrollos empresariales.
En definitiva es esta una Ley que resta competitividad a la Comunidad, pudiendo llegar a afectar gravemente a su recuperación.
El horizonte socio económico nos apremia a agilizar los procesos administrativos, al objeto de facilitar la asunción de nuevos retos y necesidades: la rehabilitación de amplios tramos de los cascos antiguos degradados, o el desarrollo de macro proyectos como el de Las Vegas, u otros de finalidad más sugerente, serán inviables, en la práctica, de mantenerse la actual Ley del Suelo de Madrid.
No se puede demorar ni un día más, sin graves repercusiones, para la economía madrileña, la redacción de una nueva Ley del Suelo, a la que me gusta denominar de Actividades Urbanísticas, por dar mejor idea del alcance que la misma debiera tener.