El Juzgado de Primera Instancia Nº 25 de Valencia ha condenado a Bankia a devolver a un socio de la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana (UCCV) los 25.800 euros “invertidos inadecuadamente” en participaciones preferentes así como a pagar las costas ocasionadas en el procedimiento judicial, según la organización de consumidores en un comunicado.
Esta sentencia, ha afirmado, “fundamenta la decisión favorable al consumidor en la existencia de un asesoramiento inadecuado por parte de la entidad financiera al cliente, en que es un error esencial y excusable el consentimiento prestado por el consumidor cuando contrató dichos productos”.
Además, considera que el cliente, por ser un pequeño ahorrador o minorista debe estar “especialmente protegido y tiene que recibir información adecuada respecto a las características y riesgos del producto contratado”.