Hace unos días me hicieron una entrevista, en la que entre otras cosas me preguntaba sobre mi propuesta de regular la Insolvencia Familiar, como mejor alternativa posible al actual drama del desempleo y de los desahucios. Procedo a transcribirles la respuesta:
P: En el tema tan actual como los desahucios, Vd. ha comentado que sería interesante desarrollar una Ley de Insolvencia Familiar ¿nos podría comentar algo sobre este tema y en qué consistiría esa Ley?
R:
He escrito mucho sobre esto y le remito a ello, pero puedo resumir mi punto de partida en tres condiciones actuales: A) La actual legislación no contempla la quiebra económica de las familias, lo más que se acerca es la quiebra del comerciante individual, y ni siquiera es válida para pequeños comerciantes, dados sus costes, así como los plazos contemplados en la misma. Por ello se debe legislar sobre esta causa económica sobrevenida a las familias, que son un pilar social más importante que el de las empresas; B) La insolvencia familiar contempla no solo el impago de una hipoteca, y la posible pérdida del asentamiento familiar (la vivienda), que puede llegar a ser inevitable en casos concretos, debe contemplar también los riesgos de exclusión social, en especial el de los niños, así como las posibilidades de recuperación económica de la familia, los requisitos precisos para ello, e incluso facilitar el tránsito a un nivel económico inferior, en los supuestos más graves; C) Debe valorarse cada caso individualmente, ya que las circunstancias son muy diversas y también se debe investigar los posibles fraudes, llegando – si fuera preciso – a la retirada provisional de la custodia sobre los hijos – si los tuvieran -, de aquellos progenitores en los que se apreciara alteraciones graves en el comportamiento, o hábitos o actitudes claramente defraudatorias frente al bien común o al de terceros.