José Barta; 10 de junio de 2013
Hoy lunes 10 de junio, el juez de la Audiencia Nacional, Fernando Andréu, ha decidido admitir a tramite ( Auto investigacion gestion Preferentes en Bankia ), en contra del criterio de la Fiscalía Anticorrupción, la querella que interpuso UPyD por la comercialización de preferentes contra:
– La antigua CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE MADRID y su filial, la mercantil “CAJA MADRID FINANCE PREFERRED, S.A.”,
– La antigua CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLÓN Y ALICANTE, “BANCAJA”, y su filial “BANCAJA EUROCAPITAL FINANCE”,
– BANKIA, S.A.,
– BANCO FINANCIERO Y DE AHORROS, S.A.,
– D. Carlos STILIANAPOULUS,
– D. Fernando CUESTA BLÁZQUEZ,
– D. Carlos CONTRERAS GÓMEZ,
– D. Aurelio IZQUIERDO GÓMEZ, y
– D. José Fernando GARCÍA CHECA.
En el auto el juez investiga seis posibles delitos por la comercialización de instrumentos híbridos de las siete cajas que dieron origen a BFA-Bankia: Primero, delito de estafa. Segundo, estafa de inversores. Tercero, apropiación indebida. Cuarto, de publicidad engañosa. Quinto, de administración engañosa o desleal. Sexto, maquinación para alterar el precio de las cosas.
Las Preferentes han sido rodeadas de un halo de comprensión y bonhomía frente a los “preferentados”, por parte del Gobierno Rajoy, y adláteres, mientras en la práctica se les está tratando con inmenso mayor rigor que a cualquiera de los grandes acreedores financieros internacionales que se desenvuelven en nuestra economía.
El pasado 2 de abril escribí un artículo titulado ¿Esconde la venta de preferentes una conspiración para engañar? , en el que urgía a investigar los procesos internos seguidos para la venta de Preferentes, tanto en lo que se refiere a los criterios de selección de posibles clientes, cuanto a los “argumentários” reales – no los presentados en la CNMV – utilizados para dicha venta. En el mismo urgí a investigar también la política de “incentivos” y “desincentivos” elaborada para “forzar” su comercialización.
Siempre he estado convencido de que – en este caso – este es el camino para averiguar la verdad: tirando de la manta de “abajo” (directores de agencias, regionales, etc.) llegar a lo alto.
Este Auto no es firme, contra el mismo podrá interponerse recurso de reforma en ese mismo Juzgado en plazo de TRES días, o directamente recurso de apelación ante la SALA DE LA AUDIENCIA NACIONAL, en el plazo de CINCO días.
Obviamente imputados y Fiscalía Anticorrupción recurrirán; los primeros es lógico que lo hagan, respecto a esta última no estaría de más que explicara cumplidamente que es lo que realmente defiende.