José Barta: 28 de febrero de 2012
Los notarios no autorizarán ejecuciones hipotecarias que no fijen en la tercera subasta un tipo mínimo del 60% del valor de tasación de la vivienda habitual para garantizar a los ciudadanos los mismos derechos que en los procesos de ejecución judicial, según informa el Consejo General del Notariado en un comunicado.
Los notarios establecieron esta medida en un circular, de cuyo contenido se informó al ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, en la reunión mantenida el 31 pasado de enero. En ella, los notarios establecen otras medidas de protección al ciudadano ante la ejecución extrajudicial de su vivienda.
Con esta decisión los notarios se muestran mucho más coercitivos que el Gobierno de la Nación, con su tibia “norma de buena praxis para los desahucios”. Esta medida puede obligar a los bancos a adjudicarse las viviendas habituales por el mínimo que se establece en la vía judicial, o acudir a juicio, con resultados inciertos, y es que la regulación de la ejecución hipotecaria extrajudicial, recogida en el reglamento de la Ley Hipotecaria, no fija tipo alguno para la tercera subasta y permite al acreedor adjudicarse el bien por cualquier cantidad.
El presidente del Consejo General del Notariado, Manuel López Pardiñas, consideró “imprescindible que los notarios ofrezcan a los ciudadanos las mismas garantías que las que tendrían ante un juez”.
Para López Pardiñas, “el notario en su condición de funcionario público no puede ser ajeno a la situación generada por el cambio normativo, aunque no se haya modificado también la regulación del procedimiento extrajudicial”. Antes de no autorizar una ejecución por este motivo, los notarios los comunicarán previamente a la entidad financiera.
Por otro lado, en virtud de esta circular, los notarios podrán garantizar a los ciudadanos los mismos derechos en las ejecuciones hipotecarias extrajudiciales que en las ejecuciones que se realizan por vía judicial, pese a las dudas suscitadas por las diferencias legales existentes entre ambos procedimientos.
Respecto al sistema de ejecución extrajudicial, los bancos tienen esta opción para ejecutar la hipoteca ante notario, cuando así se haya pactado en la escritura pública. Según los notarios, la regulación legal de este procedimiento no se ha adaptado a la actual situación de crisis y sobre endeudamiento familiar, como se ha hecho con la ejecución hipotecaria por vía judicial.